2011-12-14 12:10:41 +0000 2011-12-14 12:10:41 +0000
36
36

¿Cuáles son las pautas para los agujeros en las viguetas?

No he podido encontrar una buena referencia del tamaño/cantidad/ubicación de los agujeros que puedo perforar a través de las viguetas. Esto es principalmente para pasar cables o tubos a través de la viga en sentido transversal. Además, ¿qué hay de la muesca en la parte inferior, hay un umbral de tamaño allí también?

Respuestas (1)

36
36
36
2011-12-14 13:57:46 +0000

Echa un vistazo a este documento para una referencia rápida. Este tipo de cosas estarán cubiertas por el Código Internacional de Construcción (IBC) y el Código Internacional de Residencia (IRC)

IBC 2308.8.2 Detalles de la estructura.

Las vigas se apoyarán lateralmente en los extremos y en cada soporte mediante un bloqueo sólido, excepto cuando los extremos de las vigas estén clavados a un travesaño, banda o borde de la viga o a un travesaño adyacente o por otros medios. Los bloqueos sólidos no serán inferiores a 51 mm de espesor y a la profundidad total de la viga. Las muescas en los extremos de las vigas no excederán un cuarto de la profundidad de la viga. Los agujeros perforados en las vigas no estarán a menos de 2 pulgadas (51 mm) de la parte superior o inferior de la viga, y el diámetro de cualquier agujero de este tipo no excederá de un tercio de la profundidad de la viga. Las muescas en la parte superior o inferior de las vigas no excederán de un sexto de la profundidad y no se ubicarán en el tercio medio del vano.

IRC R502.8 Perforación y muescas.

Los miembros estructurales del piso no se cortarán, perforarán o muescarán en exceso de las limitaciones especificadas en esta sección. Ver Figura R502.8.

IRC R502.8.1 Madera aserrada.

Las muescas en las viguetas, vigas y viguetas de madera maciza no excederán de un sexto de la profundidad del miembro, no serán más largas que un tercio de la profundidad del miembro y no se ubicarán en el tercio medio del vano. Las muescas en los extremos del miembro no excederán de un cuarto de la profundidad del miembro. El lado de tensión de los miembros de 4 pulgadas (102 mm) o más de espesor nominal no tendrá muescas excepto en los extremos de los miembros. El diámetro de los agujeros perforados o cortados en los miembros no excederá de un tercio de la profundidad del miembro. Los agujeros no estarán más cerca de 51 mm (2 pulgadas) de la parte superior o inferior del miembro, o de cualquier otro agujero situado en el miembro. Cuando el miembro esté también entallado, el agujero no estará más cerca de 2 pulgadas (51 mm) de la muesca.

IRC R502.8.2 Productos de madera reconstituida.

Los cortes, muescas y agujeros taladrados en armazones, madera laminada, miembros laminados con cola o vigas en I no están permitidos a menos que los efectos de tales penetraciones se consideren específicamente en el diseño del miembro.

IRC R602.6 Perforación y entalladura - montantes.

Cualquier montante en un muro exterior o en un tabique de carga puede ser cortado o entallado a una profundidad que no exceda el 25 por ciento de su anchura. Los montantes de los tabiques no portantes podrán ser entallados a una profundidad que no exceda el 40 por ciento del ancho de un solo montante. Cualquier montante podrá ser taladrado o perforado, siempre que el diámetro del agujero resultante no sea mayor del 40 por ciento del ancho del montante, el borde del agujero no esté más cerca de 5/8 de pulgada (15,9 mm) del borde del montante, y el agujero no esté situado en la misma sección que un corte o una muesca. Ver las figuras R602.6(1) y R602.6(2).

Excepciones:

  1. Un perno puede ser perforado hasta un diámetro que no exceda el 60 por ciento de su ancho, siempre que tales pernos ubicados en los muros exteriores o en los tabiques de carga sean doblados y que no se perforen más de dos pernos sucesivos.

  2. Se podrán utilizar zapatos de clavos aprobados cuando se instalen de acuerdo con la recomendación de los fabricantes.

IRC R602.6.1 Perforación y entalladura de la placa superior.

Cuando se coloquen tuberías o conductos en una pared exterior o en un tabique interior o de carga, o en parte de ellos, y sea necesario cortar, perforar o entallar la placa superior en más del 50 por ciento de su anchura, un amarre de metal galvanizado de no menos de 0. 054 pulgadas de espesor (1,37mm) (16ga) y 11/2 pulgadas (38mm) de ancho se sujetarán a cada placa a lo largo y a cada lado de la abertura con no menos de ocho clavos 16d a cada lado o su equivalente. Ver Figura R602.6.1.

Excepción: Cuando todo el lado de la pared con la muesca o corte esté cubierto por un revestimiento de paneles estructurales de madera

IRC R802.7 Corte y muesca.

Los miembros estructurales del techo no deberán ser cortados, taladrados o muescados en exceso de las limitaciones especificadas en esta sección.

IRC R802.7.1 Madera aserrada.

Las muescas en las vigas, viguetas y viguetas de madera maciza no excederán de un sexto de la profundidad del miembro, no serán más largas que un tercio de la profundidad del miembro y no se ubicarán en el tercio medio del vano. Las muescas en los extremos del miembro no excederán de un cuarto de la profundidad del miembro. El lado de tensión de los miembros de 4 pulgadas (102 mm) o más de espesor nominal no tendrá muescas excepto en los extremos de los miembros. El diámetro de los agujeros perforados o cortados en los miembros no excederá de un tercio de la profundidad del miembro. Los agujeros no estarán más cerca de 2 pulgadas (51 mm) de la parte superior o inferior del miembro, o de cualquier otro agujero situado en el miembro. Cuando el miembro esté también entallado, el agujero no estará más cerca de pulgadas (51 mm) del Muesca.

Excepción: Las muescas en las partes en voladizo de las vigas están permitidas siempre que la dimensión de la parte restante de la viga no sea inferior a 4 pulgadas nominales 102 mm) y la longitud del voladizo no exceda de 24 pulgadas (610 mm).

*IRC R802.7.2 Productos de madera de ingeniería. *

Los cortes, muescas y agujeros taladrados en cerchas, madera compuesta estructural, miembros estructurales laminados con cola o vigas en I están prohibidos excepto cuando lo permitan las recomendaciones del fabricante o cuando los efectos de tales alteraciones sean considerados específicamente en el diseño del miembro por un profesional de diseño registrado.